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12-11-2012  La Generalitat regula el Consejo Asesor de la Venta no sedentaria de la Comunidad Valenciana

 • Entrará en Funcionamiento en el Plaza máximo de Seis meses, y actuará como Órgano asesor y de participaciones de los comerciantes
• permitirá armonizar las Ordenanzas municipales en esta materia y Resolver posibles incidencias
• Estará compuesto por un presidente, Vicepresidente, Secretario y un máximo de 21 vocales

 

 

La Consejería de Economía, Industria y Comercio ha publicación hoy en el DOCV la orden por la que se regula el Consejo Asesor de la Venta no sedentaria de la Comunidad Valenciana.

La creacion de este órgano Colegiado responde a la aprobación el Pasado mes de abril por el Consejo del Decreto de Venta no sedentaria que desarrolla la Ley de Comercio de la Generalitat, aprobada en 2011 y la nueva legislaciones europeas y estatal en esta materia.

El Consejo, que entrará en Funcionamiento en un PLAZO máximo de Seis mesas, actuará como órgano de Participación y representación de los comerciantes de venta no sedentaria de la Comunidad, a través de suspensión Organizaciones y Asociaciones y tendrá funciones de consulta y Asesoramiento de la Generalitat , los ayuntamientos y del propio sector en esta materia.

En este sentido, apoyo labor contribuirá a coordinar las diferentes Ordenanzas municipales en esta materia ya Resolver las posibles incidencias que afectan a este colectivo.

Asímismo, podrá propone la Elaboración de estudios, informes y Propuestas normativas y solicitar información de las administraciones públicas, informará de los proyectos de disposiciones sobre venta no sedentaria y impulsará la colaboracion Con otro organismos análogos, administraciones y Entidades con COMPETENCIAS en esta materia.

El Consejo estará integración por un máximo de 21 vocales (dos en representación de la Administración, tres de los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana, uno de la FVMP y 15 propuestos por las Asociaciones y Organizaciones de comerciantes de venta no sedentaria).

Será presidida por el titular de la Dirección General con COMPETENCIAS en materia de Comercio y Contará con una vicepresidencia, ostentada por el Subdirector General de Comercio; así como una secretaría, con voz pero no voto, que recaerá en un funcionario de esta Dirección General de la Generalitat.

El mandatos de los Miembros del Consejo será de cuatro años, que podrá ser renovado por períodos iguales.

Dignificar y profesionalizar la venta no sedentaria
La normativa aprobada por el Consejo en materia de venta no sedentaria Tiene como Objetivo lograr una mayor profesionalización y dignificación de una modalidad de comercio tradicional con un gran arraigo en la Comunidad, que Deducción con uno o más Mercados en más de 450 Municipios con unos 40.000 puestos en total, de forma que se desarrolle bajo los mismos Principios de competencia, competitividad y eficiencia que inspiran el desempeño del sector comercial en apoyo conjunto.

De esta forma, se implanta en la Comunidad Valenciana un modelo que asegura un Servicio cono totales Garantías para los consumidores, además de contribuir a dotar de mayor estabilidad laboral a este sector.

Entre las principales novedades introducidas por el Decreto aprobada en el mes de abril destaca la ampliación de la Duración de las LICENCIAS de un año prorrogable automáticamente a 15 años. Además, los vendedores que actualmente ya tengan una quins prórroga apoyo licencia miedo Otros 15 años una Vez Finalizado el Plaza inicial de 15 años. Esta medida está motivada por las condiciones de la nueva normativa estatal, que impide la renovación automática de las autorizaciones de venta.

De esta forma, la Generalitat atiende una de las reivindicaciones más importantes del sector, asegurando la estabilidad de los puestos, trabajo y garantizando una mayor profesionalidad y experiencia del vendedor no sedentario, lo que configura un modelo que mejorará la atención y el Servicio a los clientes.

 

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